El Sr. Mohamed A. Bangura, Fiscal del Tribunal Especial para Sierra Leona (SCSL por sus siglas en inglés Special Court for Sierra Leone), dio una conferencia a los estudiantes del Máster en Diplomacia y Función Pública Internacional, enmarcada en el proyecto HOPE, organizado por el Danish Refugee Council y promovido por el programa de voluntariado europeo, EU Aid Volunteers.
El Sr. Bangura realizó una ponencia sobre la participación de las víctimas ante los tribunales internacionales ad hoc, en la que los alumnos participaron activamente dando su visión y aportaciones.
El Fiscal del Tribunal Especial para Sierra Leona empezó su conferencia haciendo referencia al origen y a la naturaleza jurídica del SCSL:
ORIGEN Y NATURALEZA DEL SPECIAL COURT FOR SIERRA LEONE
Se trata de un tribunal híbrido y ad hoc, cuya composición incluye integrantes de Sierra Leona e integrantes de otras nacionalidades y que fue creado de forma específica para tratar los crímenes internacionales cometidos durante un periodo de tiempo definido. El Tribunal empezó sus operaciones en 2002 y para 2014 ya había cumplido con su mandato.
JUSTICIA RETRIBUTIVA VS JUSTICIA RESTAURATIVA
Una de las partes més interesantes fue la reflexión del Sr. Bangura sobre la evolución del papel de las víctimas ante los Tribunales internacionales, momento en el que destacó la diferencia entre dos formas de entender los procedimientos de justicia: la retributiva y la restaurativa.
ESCASO PAPEL DE LAS VÍCTIMAS
El ponente apuntó que la justicia retributiva ha sido durante muchos años el enfoque dominante en los sistemas de la common wealth, en los que las víctimas no han tenido casi ningún papel en los procedimientos penales: No fue hasta la década de los 70’s que desde algunos sectores, incluidas las Naciones Unidas, el Consejo de Europa, la Unión Europea, se empezó a pedir que se diera un mayor protagonismo a las víctimas.
Sin embargo, ni el Tribunal para la antigua Yugoslavia, ni el Tribunal establecido para juzgar los crímenes internacionales en Ruanda y tampoco el SCSL permiten una participación de las víctimas relevante.
¿Y EL PAPEL DE LAS VÍCTIMAS EN EL SCSL?
Pese a estas limitaciones que se derivan de los términos en que se define el mandato en el Estatuto del SCSL, desde la oficina de la fiscalía se intentó llevar a las víctimas en el conflicto de Sierra Leona al centro de las actuaciones procesales a través de su comparecencia en calidad de testigos.